El bullying continúa siendo una problemática presente en las escuelas y, con el avance de las nuevas tecnologías, también se trasladó a los grupos de WhatsApp y las redes sociales. En su habitual columna de los lunes a las 9.30, Derecho Preventivo, el abogado Dr. Leandro Arman abordó la cuestión y remarcó que determinadas conductas que durante años fueron consideradas simplemente “bromas” pueden generar consecuencias emocionales y también jurídicas.
Durante la entrevista en Despertate, por Cadena Nueve, Máxima 89.9 y Visión Plus TV, Arman sostuvo que el bullying comprende situaciones de hostigamiento, humillación, exclusión, denigración y maltrato físico, verbal o psicológico hacia otro alumno.
“Desde patearle la silla a un compañero, sustraerle útiles, empujarlo por la escalera o tirarle del pelo mientras está en clase”, ejemplificó el abogado al describir situaciones que pueden constituir distintas formas de violencia dentro del ámbito escolar.
Una problemática que requiere prevención
Arman señaló que el bullying no es un fenómeno nuevo, pero que la sociedad actual comenzó a prestarle una atención diferente debido a las consecuencias que puede provocar en quienes lo padecen.
En ese sentido, destacó el papel que deben desempeñar docentes, directivos y familias. Para el abogado, la escuela tiene una función fundamental en la prevención, pero no puede afrontar el problema de manera aislada.
El docente, explicó, puede intervenir dentro del aula y garantizar que durante su clase el alumno se encuentre en un ámbito de respeto y seguridad. Sin embargo, consideró indispensable que exista un trabajo articulado con los padres y las autoridades educativas para abordar el problema de fondo.
“Es un trabajo en conjunto”, resumió Arman, al remarcar que la formación en el respeto al otro forma parte también de la construcción de ciudadanía.
Del bullying al delito
Uno de los aspectos centrales de la columna estuvo relacionado con las posibles consecuencias jurídicas de determinadas conductas.
Arman explicó que algunas situaciones de violencia escolar pueden encuadrar en figuras previstas por la legislación penal. Como ejemplo, mencionó las amenazas: decirle a un compañero “no vengas a la escuela porque mañana te voy a pegar” puede constituir una conducta con relevancia penal, dependiendo de las circunstancias concretas.
También señaló que una agresión física que provoque lesiones puede tener consecuencias jurídicas.
En este contexto, sostuvo que resulta necesario que padres y alumnos comprendan que ciertas conductas no pueden ser justificadas simplemente como juegos o bromas.
“Está mal agredir físicamente a un compañero, está mal insultarlo, está mal descalificarlo”, remarcó.
La ley de bullying y la necesidad de una reforma
Durante el diálogo con el conductor del ciclo, Gustavo Tinetti, el jóven profesional cuestionó el alcance de la legislación nacional vigente sobre bullying y consideró que resulta insuficiente frente a las situaciones que actualmente se presentan en las instituciones educativas.
A su entender, la normativa tiene un carácter fundamentalmente preventivo y resulta demasiado general frente a determinadas conductas concretas.
“Tenemos una ley nacional de bullying, pero tiene una vaguedad; no alcanza lo que estableció el legislador a compensar con el contexto que nosotros tenemos”, sostuvo Arman.
Por ese motivo, planteó la necesidad de discutir una reforma de la legislación nacional sobre bullying, que contemple de manera más precisa las agresiones, amenazas, coacciones y otras formas de violencia que pueden aparecer dentro y fuera de las aulas.
El abogado consideró que una normativa actualizada debería acompañar las transformaciones sociales y tecnológicas que atraviesan a niños y adolescentes.
El ciberbullying, otra dimensión del problema
La problemática no termina en el aula. Los grupos de WhatsApp, las redes sociales y otras herramientas digitales ampliaron el alcance del hostigamiento.
Arman puso como ejemplo la creación de imágenes o mensajes destinados a ridiculizar a un compañero por su aspecto físico, color de piel u otras características personales.
En estos casos, sostuvo que también debe existir una mirada preventiva sobre lo que sucede dentro de los grupos digitales.
“¿Qué se escribe en los grupos? ¿Tiene cordura lo que se escribe? ¿Hay decoro en el lenguaje cuando se expresa sobre el otro compañero?”, planteó.
El abogado también trasladó la reflexión al comportamiento de los adultos, al señalar que en grupos de padres y otros espacios de comunicación también pueden observarse mensajes de descalificación y agresiones verbales.
La familia, un actor fundamental
Para Arman, la escuela por sí sola no puede resolver el problema. El rol de los padres resulta determinante en la formación de los chicos.
Consideró necesario que las familias hablen con sus hijos y les expliquen claramente qué conductas son aceptables y cuáles no.
“Cuando los papás entiendan eso, decirle: ‘Hijo, no le pegues a tu compañero, respetalo, está mal, te tenés que comportar en el establecimiento educativo’, yo creo que ahí vamos a crecer aún más como país”, expresó.
En esa línea, sostuvo que los niños y adolescentes tienen capacidad para comprender cuándo una conducta está mal y que una intervención temprana puede evitar que determinados comportamientos se repitan.
Una broma deja de serlo cuando no existe consentimiento
Otro de los puntos abordados fue la diferencia entre una broma y una conducta de hostigamiento.
Arman explicó que una broma puede existir dentro de un grupo cuando hay confianza, conocimiento mutuo y un consenso entre quienes participan. Pero cuando la conducta se dirige contra alguien que no la acepta y tiene como finalidad insultar, humillar o excluir, deja de ser una simple broma.
“Cuando vos abordás fuera de ese círculo de pertenencia e insultás y agredís con las expresiones o con la gestualidad o con determinadas conductas a tus compañeros, ya deja de ser una broma”, explicó.
Prevenir para evitar consecuencias irreversibles
El abogado también llamó la atención sobre las consecuencias psicológicas que puede generar el hostigamiento sostenido.
Advirtió que una situación de bullying puede provocar un profundo deterioro emocional y llevar a un joven a tomar decisiones precipitadas. Por ello, consideró fundamental que las instituciones y las familias actúen antes de que el problema alcance situaciones extremas.
La prevención, en este sentido, no debe limitarse a intervenir cuando el conflicto ya se produjo, sino que debe comenzar con la educación, el diálogo y la formación en valores.
Responsabilidad de los padres y cambios en el régimen juvenil
En otro tramo de la entrevista, Arman vinculó la problemática con las discusiones actuales sobre el régimen penal juvenil y las responsabilidades que pueden surgir frente a determinadas conductas cometidas por adolescentes.
También hizo referencia al debate generado a partir de una medida cautelar que suspendió la aplicación de la normativa en una determinada jurisdicción y señaló que esa decisión, según su interpretación, no implica necesariamente una suspensión general para toda la provincia.
En ese contexto, sostuvo que habrá que observar cómo se pronuncian otros jueces frente a la aplicación de una norma de alcance nacional.
Arman también recordó que, en materia de responsabilidad civil, los padres pueden tener obligaciones frente a los daños ocasionados por sus hijos, de acuerdo con las circunstancias y las normas aplicables.
Educar para construir ciudadanía
Hacia el final de la columna, el abogado puso el acento nuevamente en la prevención y en la educación como herramientas para modificar conductas.
Desde su experiencia docente, señaló que trabaja permanentemente sobre la prevención del bullying y el respeto hacia los demás, más allá de la materia específica que se dicte.
Para Arman, enseñar a respetar al compañero, reconocer los propios errores y comprender las consecuencias de las acciones constituye una parte esencial de la formación ciudadana.
“Es algo más allá de cualquier materia”, afirmó, al considerar que la educación en valores debe atravesar toda la experiencia escolar.
La escuela, sostuvo, históricamente fue uno de los principales espacios de transformación social. Por eso, la prevención del bullying no debería quedar reducida a una cuestión disciplinaria, sino ser abordada como una responsabilidad compartida entre alumnos, docentes, familias, instituciones y sociedad.
“Cuando estos estudiantes entiendan ese mensaje van a llegar muy lejos y le habrán aportado algo muy grande a esta nación”, expresó.
El mensaje central de la columna de Derecho Preventivo fue claro: prevenir, educar y actuar a tiempo. Porque detrás de lo que muchas veces se presenta como una simple broma puede existir una situación de violencia capaz de afectar profundamente a otra persona y, en determinadas circunstancias, generar también consecuencias jurídicas.



