viernes, abril 19, 2024
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La Federación de Entidades de Combustibles alerta sobre tasas municipales al sector

Un reciente fallo obliga a una petrolera a abonar la Tasa de Seguridad e Higiene en Quilmes, preocupa que pueda extenderse ese cobro a otros distritos

Sebastián Vázquez, el especialista en el Área Contable y Tributaria de la Federación de  entidad, alertó que esta decisión jurídica, la de resolver en contra de la petrolera Esso, que había cuestionado el cobro de la Tasa de Seguridad e Higiene en Quilmes, abre la puerta a que las comunas cobren lo que les parezca en materia de esta Tasa, uno de los tributos que más compromete al sector expendedor.

“La Corte deja expresado que no tiene que haber una relación razonable entre el precio de la tasa y el costo, con lo cual deja librado a cada municipio la potestad de cobrar lo que le sea necesario y es aquí donde se puede ver afectado el valor de la Tasa de Seguridad e Higiene”, advirtió.

Vázquez explicó que el litigio se originó en la aplicación del artículo 35 del Convenio Multilateral, en referencia a los límites en la conformación de la base imponible cuando un contribuyente tiene actividad en varias jurisdicciones, como sucedió en el caso de Esso. “El Convenio Multilateral, se puede comparar con una canasta de manzanas, la cual se reparte a cada jurisdicción de acuerdo a lo que le corresponde”, graficó.

Con esta figura, nuestro asesor expresó que “cada municipio puede hacer lo que quiera con las manzanas que le fueron asignadas, pero los demás no pueden reclamar sobre aquellas manzanas que no fueron consumidas por el otro”.

Afirmó que el Artículo 35 del Convenio multilateral es el que impone las condiciones de cómo se efectúa el reparto y en ese sentido, recalcó que es un acuerdo celebrado entre las provincias para repartirse la base imponible del impuesto sobre los ingresos brutos, cuando un empresario tiene una actividad interjurisdiccional.

“Cada provincia hace lo que quiere con esa porción del precio de venta del producto final que le toca -y lo expresa a través de su propio Código Fiscal y sus Leyes Impositivas anuales-: los grava, a la tasa que elija, más alta o más baja, los exime o no los grava”, afirmó Vázquez.

Es decir que, por la aplicación de dicho convenio, el que grava los ingresos no puede acrecentar su base imponible, pidiendo lo que les tocó a quienes no eximen o no gravan.

“Quilmes es el que se come las manzanas y pretende comerse las que le tocó al quien las regala y a quien deja que se pudran, justamente, no es la filosofía del Convenio Multilateral, es decir que sólo se comen las manzanas que a cada uno le tocan”, sentenció.

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