viernes, abril 26, 2024
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La justicia exime a empresarios de pagar el impuesto a la riqueza

Se conocen dos fallos judiciales haciendo lugar a amparos presentados para no abonar el tributo

Dos empresarios fueron eximidos por la Justicia de pagar el Impuesto a la Riqueza, ante presentaciones que se hicieron en el fuero federal de recursos de amparo por entender que se atenta contra el principio constitucional de la propiedad privada.

Ambas resoluciones fueron das a conocer por la jueza federal Cecilia Gilardi Madariaga de Negre, quien hizo lugar a las medidas cautelares solicitadas por Alejandro Scannapieco, el ejecutivo de Globant, a comienzos de esta semana, y luego a Nicolás José Mc Loughlin don se dispuso que la AFIP “se abstenga de aplicar las disposiciones emergentes de la Ley 27.605”.

En el caso del empresario Mc Loughlin – ambos casos son muy similares en los planteo jurisdiccionales – presentó un amparo en la Justicia para no abonar el impuesto a la riqueza, alegando que atenta contra su derecho a la propiedad y que pagar el aporte “afecta a su capacidad contributiva al menoscabar significativamente su renta, gravada ya por el Impuesto sobre los Bienes Personales”.

“El aporte es en realidad un impuesto, que fue creado por ley; se exige sin contraprestación; en forma coercitiva, no es voluntario u optativo; está destinado a contribuir a financiar gasto público y su hecho imponible no hace más que poner de manifiesto la capacidad contributiva del patrimonio”, indicó en la demanda.

El Impuesto a la riqueza, creado a través de la Ley 27.605, prevé un cobro por única vez de aquellos patrimonios superiores a los $ 200 millones, quienes deberán abonar alícuotas que varían entre el 2% y 3,5% para los bienes que radican en el país, y del 3% al 5,25% para los que están en el exterior.

 

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