viernes, diciembre 6, 2024
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Severas sanciones aplicó el Tribunal de Penas a Defensores de la Boca

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El Tribunal de Penas de la Liga Nuevejuliense de Fútbol se pronunció en relación a los hechos que se produjeron durante el partido jugado en la sede del Club Libertad, entre Defensores de la Boca y San Martín.

El encuentro iba 2 a 1 a favor del visitante. Ese resultado se convirtió en la decisión final conforme a las resoluciones del Tribunal que encabeza Mario Oscar Arias y cuyo secretario es Jorge Guiotto, en 2 a 0.

El Club ha sido multado, un directivo tendrá cinco años de suspensión y otro, trece fechas. Se trata de los hermanos, Alberto y Sebastián OLAIZOLA, respectivamente.

A su vez se suspende provisoriamente al Presidente del Club, Gustavo Comesaña. Todo está supeditado al informe del Jefe del Operativo, sobre su conducta ya que el arbitro Ponce explicó lo que vivió.

EXPTE Nº 208:

FUTBOL INFANTIL DEL 08/09/2018.

QUINTA DIVISION

PARTIDO ENTRE ATL. SAN MARTIN VS. ATL. DUDIGNAC.

SE SUSPENDE al jugador ZARATE Ignacio (42538368) por Art.  200 Inc. “A” “1”  Y 154 por  UN  PARTIDOS de Atl. Dudignac y VENCHE Félix (43595351) por Art. 202 Inc. “A”  Y 154 por  UN  PARTIDOS de Atl. San Martín.

PARTIDO ENTRE AGUSTIN ALVAREZ VS. ATL. FRENCH.

SE SUSPENDE al jugador  GONZALEZ Tomas (43595312) por Art. 207 por UN PARTIDO de Agustín Alvarez.

EXPTE Nº 209:

PARTIDO DE RESERVA DE ASCENSO DEL 08/09/18 ENTRE ATL. 18 DE OCTUBRE VS. ATL. PATRICIOS.

SE SUSPENDE al Sr. GARCIA Fernando (14539 por Art. 206, 263 y 186  por UN  PARTIDOS de Atl. Patricios.

EXPTE Nº 210:

PARTIDO DE RESERVA DE ASCENSO DEL 08/09/18 ENTRE ATL. EL FORTIN VS. ATL. LA NIÑA.

SE SUSPENDE al jugador IRAOLA Franco (40717466) por Art.  200 Inc. “A” “8”   Por TRES   PARTIDOS de Atl. El Fortín.

EXPTE Nº 211:

PARTIDO DE RESERVA DE ASCENSO DEL 08/09/18 ENTRE COMP. GRAL. BS. AS. VS. ATL. ESTUDIANTES.

SE SUSPENDE al jugador RIOS Ezequiel (34181436) por Art. 207 por UN PARTIDO de Comp. Gral. Bs. As.

EXPTE Nº 212:

PARTIDO DE PRIMERA DIV. “B”  DEL 09/09/18 ENTRE COMP. GRAL. BS. AS. VS. ATL. ESTUDIANTES.

SE AMONESTA a los jugadores DIGUARDO Daniel de Comp. Gral. Bs. As. Y  GERONIMO Marcos, MENA Matías, BARRETO Manuel todos de Atl. Estudiantes.

EXPTE Nº 213:

PARTIDO DE PRIMERA DIV. “B”  DEL 09/09/18 ENTRE ATL. 18 DE OCTUBRE VS. ATL. PATRICIOS.

SE AMONESTA a los jugadores PEROTTI Andrés, COMPS Rodrigo, ORTIZ Josué, VILLAR Bautista todos de Atl. 18 de Octubre y NEGRETTE Braian, MANGIONI Diego, MALFATTO Nicolás, TEVES Jesús todos de Atl. Patricios.

SE SUSPENDE al jugador ORTIZ Josué (35017795) por Art. 208 por UN PARTIDO de Atl. 18 de Octubre.

EXPTE Nº 214:

PARTIDO DE PRIMERA DIV. “B”  DEL 09/09/18 ENTRE DEF. DE SARMIENTO VS. DEP. SAN AGUSTÍN.

SE AMONESTA a los jugadores  CARDELL Martin, FERRAGUT Braian, SINOPOLI Diego, GALO Diego todos de Def. de Sarmiento y PELATTI Cristian  de Dep. San Agustín.

SE SUSPENDE a los jugadores RODRIGUEZ Braian (52913080) por Art. 207 por UN PARTIDO, CARDELL Gaston (30830675) por Art. 207 por UN PARTIDO, GALO Diego por Art. 208 por UN PARTIDO todos de Def. de Sarmiento.

EXPTE Nº 215:

PARTIDO DE PRIMERA DIV. “B”  DEL 09/09/18 ENTRE ATL. EL FORTIN VS. ATL. LA NIÑA.

SE AMONESTA a los jugadores BRENNA Matías de Atl. El Fortín.

SE SUSPENDE al jugador CARIOLI David por Art. 207 por UN PARTIDO de Atl. La Niña.

EXPTE Nº 216:

PARTIDO DE CUARTA DIVISIÓN DEL 09/09/18 ENTRE ATL.  9 DE JULIO VS. DEF. DE LA BOCA.

SE SUSPENDE a los jugadores SALGADO Kevin (42605640) por Art.  200 Inc. “A” “3”  Por  TRES PARTIDOS, OLAIZOLA Claudio (31530633) por Art. 207 por UN PARTIDO de Def. de la Boca.

EXPTE Nº 217:

PARTIDO DE CUARTA DIVISIÓN DEL 09/09/18 ENTRE ATL. SAN MARTIN VS. ATL. QUIROGA.

SE SUSPENDE a los jugadores ROMERO Manuel (43595317) por Art.  200 Inc. “A”   Por TRES   PARTIDOS, RUSCONI Tomas (44487337) por Art. 207 por UN PARTIDO ambos de Atl. San Martín y BRUERA Emanuel (35665429) por Art. 207 por UN PARTIDO de Atl. Quiroga.

EXPTE Nº 218:

PARTIDO DE CUARTA DIVISIÓN DEL 09/09/18 ENTRE AGUSTÍN ALVAREZ VS. ATL. ONCE TIGRES.

SE SUSPENDE a los jugadores MARTINEZ Francisco (43106158) por Art. 200 Inc. “A” “3” Por TRES  PARTIDOS de Agustín Alvarez.

EXPTE Nº 219:

PARTIDO DE PRIMERA DIVISIÓN DEL 09/09/18 ENTRE ATL. DUDIGNAC VS. ATL. FRENCH.

SE AMONESTA a los jugadores SOLANA Mateo, VILLARREAL Kevin ambos de Atl. Dudignac y  RODRIGUEZ Braian, PRADELLI Agustín ambos de Atl. French.

SE SUSPENDE a los jugadores GODOY Eduardo por Art. 207 por UN PARTIDO de Atl. French y DELGADO Francis por Art. 207 por UN PARTIDO de Atl. Dudignac.

SE SUSPENDE al Sr. ZEGA Josué por Art. 260, 263, 186 y 45 por  DOS PARTIDOS de Atl. Dudignac.

EXPTE Nº 220:

PARTIDO DE PRIMERA DIVISIÓN DEL 09/09/18 ENTRE ATL. NAON VS. S.D. 12 DE OCTUBRE.

SE AMONESTA a los jugadores PROL Mauricio, PEREZ Axel ambos de Atl. Naon y LONGARINI Diego, ARRUBITO Daniel, JAIME Claudio todos de S.D. 12 de Octubre.

EXPTE Nº 221:

PARTIDO DE PRIMERA DIVISIÓN DEL 09/09/18 ENTRE AGUSTÍN ALVAREZ VS. ATL. ONCE TIGRES.

SE AMONESTA a los jugadores OLIVA Luciano, PLAZA Román ambos de Agustín Alvarez y DIAZ Cristian, JAIME Jonathan, RODRIGUEZ Ignacio, FERREYRA Matías todos de Atl. Once Tigres.

SE SUSPENDE al Jugador DIAZ Cristian por Art. 208 por  UN PARTIDO de Atl. Once Tigres.

EXPTE Nº 222:

PARTIDO DE PRIMERA DIVISIÓN DEL 09/09/18 ENTRE ATL. SAN MARTIN VS. ATL. QUIROGA.

SE AMONESTA a los jugadores ISLAS Iban, GALASSI Matías, MONJADA Enzo, AGUERRIDO Emiliano, MOLLE Juan Cruz todos de Atl. San Martín y DISAVIA Joaquín, CASTAÑO Esteban, GOMEZ Cristian, AMIGO Flavio, SUÑE Juan Cruz, LAURIA Nicolás todos de Atl. Quiroga.

EXPTE Nº 223:

PARTIDO DE PRIMERA DIVISIÓN DEL 09/09/18 ENTRE ATL. 9 DE JULIO VS. DEF. DE LA BOCA.

SE AMONESTA a los jugadores BRACCO Enzo de Atl. 9 de julio y  TAPIA Walter, PETRUCCI Jonathan, BRAVO Juan, BASUALDO Ignacio, HOFSETZ Ezequiel, CINGOLANI Mateo todos de Def. de la Boca.

SE SUSPENDE  en forma provisoria y se lo cita para el miércoles 19/09 a las 20.30 horas en la liga al jugador ZUNIGA Dante (30009613) de Atl. 9 de Julio.

SE SUSPENDE en forma provisoria y se lo cita para el miércoles 19/09 a las 20.30 horas en la liga al jugador DEL PINO Mauricio (DT) de Atl. 9 de Julio.

EXPTE Nº 206 (CONTINUACION):

Se rectifica el fallo impuesto al Sr. ZEGA Juan (DT) de Atl. Dudignac habiéndose omitido la reincidencia del mismo por lo  que se establece aplicar POR Art. 260, 263, 186 y 45 la suspensión de DOS PARTIDOS.

EXPTE Nº 195 (CONTINUACION):

SE SUSPENDE al jugador BUSTAMANTE Nicolás por Art. 192 por SEIS PARTIDOS de Agustín Alvarez.

EXPTE Nº 207 (CONTINUACION):

Vistos:

  1. Con fecha 05/09/18 se recibe el informe del Arbitro Ponce Jorge el cual manifiesta: “…a los 70 minutos de juego expulso a instancia del primer asistente Sr. Ateiro Juan al Sr. Olaizola Sebastián (carnet Nº 1500) Ayudante de Campo de Defensores de la Boca el cual insulta a mi persona “Sic… Ponce Hijo de Remil P…antes de retirarse amenaza al asistente diciéndole “Sic…: en la calle lo iba a romper todo y lo iba a c… a trompadas…” Cuando se estaba por reanudar el juego el Sr. Olaizola Alberto (carnet 1499)…insulta al primer asistente “Sic…: Hijo de P… el cual al mirar sigue diciéndole…”Sic… “sí haceme echar y te rompo la cabeza…” el cual cuando este sujeto escucha al asistente que me llama, va hacia él y es donde el cuarto árbitro Sr. Bulla Marcelo quiere detener y calmar al Sr. Olaizola Alberto y este sin mediar palabras le aplica un golpe de puño que impacta en el rosto y cae al piso…Es por todo esto que a los 75 minutos suspendo el encuentro e ingresamos todos los árbitros al vestuario en donde cito a los capitanes y al jefe del operativo Crio. Colatta Diego y les informo que el encuentro se suspendió…”
  2. Con fecha 05/09/18 se recibe el informe del Arbitro Ponce Jorge el cual manifiesta: “…a los 46 minutos cuando finalizo el primer tiempo y cuando la cuaterna arbitral nos dirigíamos al vestuario ingreso al terreno de jugo el Sr. Comesaña quien no integraba la planilla de encuentro a protestarme los fallos en forma ofuscada y se lo invita a retirarse, el cual no hizo caso y nos siguió recriminando los fallos a los gritos…”
  3. Con fecha 05/09/18 se recibe el informe de los dos arbitro asistentes y el cuarto árbitro.
  4. Se da entrada a las copia de los denuncias policiales efectuadas con posterioridad a la suspensión del encuentro el día 02/09/18.
  5. Se da entrada al Certificado Médico firmado por el médico tratante en el Hospital local al árbitro Bulla Marcelo  el cual al momento del examen no presenta lesiones clínicamente objetables, sobre su superficie corporal.”
  6. Con fecha 05/09 se solicita a los Sr. Olaizola Sebastián, Olaizola Alberto, Comesaña Gustavo y al club Def. de la Boca que se interioricen del informe y realicen su descargo por escrito.
  7. Con fecha 12/09/18 se recibe los descargos de los Srs.: Olaizola Sebastián, Olaizola Alberto, Comesaña Gustavo y al club Def. de la Boca.
  8. Con fecha 12/09/18 se solicita al Jefe del Operativo Crio. Colotta Diego que realice un informe sobre los hechos sucedidos en campo de juego de F.C.Libertad donde juega de local el Club Def. de la Boca con relación al ingreso del Sr. Comesaña al campo de juego.

CONSIDERANDO:

  1. Que el Art. 260 expresa: …El miembro del personal técnico (médico, director técnico, ayudante del director técnico, ayudante de campo, preparador físico, agente de enlace entre la Comisión Directiva y el director técnico, entrenador, utilero, masajista, kinesiólogo, encargado de botiquín, auxiliar, delegado o encargado de equipo de divisiones inferiores, empleado y toda otra persona que ejerza o desempeñe cualquier función o actividad en el club al cual pertenece, relacionada con las tareas mencionadas precedentemente) que incurra en cualquiera de las infracciones previstas en los artículos 154 al 216, 218 al 221, 230 al 233, 236 y 283 al 287 de este Reglamento, será reprimida con la pena prescripta en la correspondiente norma reglamentaria infringida en lo que fuera pertinente….En todos los casos el Tribunal de Penas retendrá la credencial habilitante del imputado hasta tanto cumpla la sanción que le fuera impuesta…”
  2. Que el Art. 184 expresa: “…Suspensión de diez a treinta partidos al jugador que salivare en forma deliberada, intente agredir, amenace u ofenda gravemente al árbitro, le arroje intencionalmente la pelota con las manos o pies alcanzando a golpearlo o cualquier otro ataque que se realice con menor violencia que en los casos previstos en el artículo anterior…”
  3. Que el Art. 183 expresa: “…Suspensión de uno a cinco años al jugador que agreda al árbitro aplicándole golpe por cualquier medio, o lo derribe, embista, empuje, de empellones o zamarreé violentamente con el propósito de agresión. Si las lesiones llegan a ser graves, la sanción de suspensión puede llegar a diez años, o hasta expulsión de la Liga.
  4. Que el Art. 90 expresa: “…- Multa de v.e. 42 a v.e. 510, al club responsable cuando en oportunidad de partido de cualquier división que se dispute en su estadio, el árbitro, árbitros asistentes o asistente deportivo fueran agredidos o que la agresión quedara en tentativa o fuera frustrada por cualquier circunstancia o fueran amenazados, agraviados de palabra o de hecho, por personas autorizadas a permanecer en las dependencias internas del estadio, vedadas al libre acceso de socios o público (vestuarios, baños, corredores, pasillos o túneles), siempre que la infracción no se encuadre en lo establecido en los arts. 80 al 83 de este Reglamento y sin perjuicio de las penas individuales que corresponda aplicar a las personas responsables de tales hechos. Si éstas fueran integrantes o acompañantes del equipo visitante, o de cualquiera de los dos equipos cuando actúen en cancha ajena para ambos clubs…”
  5. Que el Art. 106 Inc. “G” expresa: “…PÉRDIDA DE PARTIDO – Pérdida de partido cuando el árbitro lo suspenda por alguno de los siguientes motivos: g) Cuando se produzca desorden o agresión en la cancha o entre el público asistente, promovido por dirigente, delegado, jugador o integrante del personal técnico de uno o de los dos equipos….”
  6. Que el Art. 152 expresa: “…PERDIDA DE PARTIDO – RESULTADO QUE SE REGISTRA – La pena de pérdida de partido hace perder al equipo sancionado los tres puntos correspondientes al partido, el que se registrará con el resultado de cero gol, para el equipo castigado y un gol a favor para el otro equipo, o de cero gol para el equipo sancionado y para el otro equipo la cantidad de goles logrados en su favor si en el partido hubiera obtenido más de uno….”

Con todo lo expuesto este H. Tribunal de Disciplina RESUELVE:

  1. Se da por perdido el partido al club Def. de la Boca por Art. 106 Inc. “G” y por Art. 152 se establece el resultado de Def. de la Boca 0 (Cero) Atl. San Martin 2 (Dos)
  2. SUSPENDER AL Sr. OLAIZOLA Sebastián (1500) por Arts. 260, 263, 184, 45, 48 Inc. “A” “3” por TRECE PARTIDOS de Def. de la Boca.
  3. SUSPENDER AL Sr. OLAIZOLA Alberto (1499) por Arts. 260, 263 y 183 por CINCO AÑOS de Def. de la Boca.
  4. SE APLICA la multa de V.E. 42 por Art. 90 al Club Def. de la Boca.
  5. Se SUSPENDE en forma provisoria al Sr. Comesaña Gustavo y se solicita el informe del Jefe del Operativo con relación al desempeño del Sr. Presidente del Club Defensores de la Boca.

 

 

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