martes, abril 16, 2024
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Farmacity podrá radicarse en la provincia de Buenos Aires

farmacity

El procurador interino, Eduardo Casal, dictaminó que el artículo 14 de le Ley 10.606, aprobada en 1987 en la provincia, es inconstitucional y de esta forma abre el espectro de las farmacias que pueden operar en el territorio. La resolución no es vinculante por lo que si la Corte Suprema resuelve en el mismo sentido habilitará el desembarco de la cadena Farmacity en territorio bonaerense.

La ley vigente establece que las farmacias no son un comercio, sino un servicio público como extensión del sistema de salud, y determina que no puede haber una a menos de 300 metros de otra. Además, permite como titulares a empresas unipersonales, SRL, sin fines de lucro (mutuales) pero no a sociedades anónimas, como es Farmacity.

Tras el dictamen del procurador que asumió en su cargo tras la renuncia de Alejandra Gils Carbó, ahora la Corte deberá resolver. Como dos de los magistrados, Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti, se excusaron de votar por sus supuestos vínculos con la empresa, serán tres los jueces que lo harán y se necesitan la unanimidad para fallar a favor de la cadena.

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