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Diez medicamentos pasan a venderse sin receta por disposición de la ANMAT

El organismo nacional modificó la condición de expendio de especialidades medicinales utilizadas para alergias, trastornos digestivos, mareos y otras patologías de baja complejidad

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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso que diez ingredientes farmacéuticos activos pasen a tener condición de venta libre, eliminando la obligatoriedad de presentar receta médica para la adquisición de las especialidades medicinales que los contengan en las concentraciones y presentaciones autorizadas.

La decisión fue oficializada mediante la Disposición Nº 4714/2026 y comprende a todos los medicamentos inscriptos en el Registro de Especialidades Medicinales (REM) que contengan los principios activos alcanzados por la nueva normativa.

Entre los componentes incluidos figuran trimebutina, utilizada para trastornos digestivos; levocetirizina y fexofenadina, indicadas para el tratamiento de alergias; dimenhidrinato, empleado para prevenir mareos y náuseas; además de determinados colirios con nafazolina y feniramina u olopatadina para afecciones oculares.

También pasan a ser de venta libre presentaciones específicas de carboximetilcisteína (mucolítico), cloruro de aluminio hexahidratado (tratamiento de la hiperhidrosis), una asociación de carbonato de calcio, tintura de árnica montana y nitrato de plata, e ivermectina en su formulación tópica.

Evaluación técnica

Desde la ANMAT explicaron que la decisión fue adoptada luego de analizar la información disponible en el Sistema Nacional de Farmacovigilancia, la experiencia acumulada en el país y los antecedentes de organismos regulatorios internacionales de alta vigilancia sanitaria, entre ellos la Agencia Europea de Medicamentos (EMA), la Administración de Alimentos y Medicamentos de Estados Unidos (FDA), la Agencia Española de Medicamentos (AEMPS), la ANVISA de Brasil y el INVIMA de Colombia.

El organismo señaló que los medicamentos incluidos permanecieron durante al menos cinco años bajo condición de venta con receta, manteniendo un perfil de seguridad y eficacia comprobado y sin reportes de eventos adversos graves que modificaran su relación riesgo-beneficio.

Adecuación de los productos

La disposición establece que los laboratorios titulares de los certificados deberán actualizar rótulos, prospectos y demás condiciones de comercialización para adecuarlos a la nueva modalidad de expendio, respetando los plazos previstos por la normativa.

Asimismo, podrán continuar comercializando los lotes liberados antes de la entrada en vigencia de la disposición sin necesidad de modificar el rotulado ni los envases ya autorizados.

Según indicó la ANMAT, la medida tiene como objetivo facilitar el acceso a medicamentos destinados al tratamiento de afecciones de baja complejidad, promoviendo al mismo tiempo un uso responsable por parte de la población.

 

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