
El Gobierno nacional modificó de manera transitoria el mecanismo de actualización del precio del gas que se traslada a las tarifas de los usuarios. A través de una resolución de la Secretaría de Energía, se estableció que, a partir de agosto, las diferencias entre el precio estimado y el costo real de compra del gas serán calculadas e incorporadas a las facturas cada dos meses.
La medida cambia la periodicidad de las denominadas Diferencias Diarias Acumuladas (DDA), un mecanismo previsto por la normativa vigente que permite compensar las variaciones entre el valor del gas utilizado para definir las tarifas y el precio efectivamente pagado por las distribuidoras.
Según explicó el Gobierno, el nuevo esquema busca evitar que los usuarios enfrenten un doble impacto durante los meses de mayor consumo, cuando coinciden el incremento estacional del precio del gas y una mayor demanda por las bajas temperaturas. De esta manera, se apunta a brindar mayor previsibilidad y gradualidad en la evolución de las facturas.
La modificación se aplicará mientras permanezca vigente la emergencia energética, prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2027. Además, la resolución se enmarca en la reorganización del mercado del gas natural, que prevé que las empresas distribuidoras asuman directamente la compra del combustible, sin intervención del Estado.
La implementación del nuevo mecanismo estará a cargo del Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad, que deberá incorporarlo en los cuadros tarifarios de agosto de 2026. En esa instancia se realizará la primera actualización bajo el esquema bimestral y se adecuarán los procedimientos necesarios para su aplicación.
Desde la Secretaría de Energía remarcaron que la medida no modifica el principio establecido por la Ley 24.076, que dispone que las distribuidoras solo pueden trasladar a las tarifas el costo real de adquisición del gas, sin obtener ganancias ni asumir pérdidas por las variaciones en el precio del combustible.


