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Los abogados pueden patrocinar las presentaciones de adhesión a la Moratoria previsional

La ANSES acepta ahora que los trámites ante el Plan de Pago de Deuda Previsional puede ser realizado por el propio interesado o por un profesional del derecho

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Como consecuencia de las gestiones desarrolladas por la Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA), el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires (ColProBA) y los 20 colegios departamentales que lo integran, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) decidió revertir que impedía a los abogados y abogadas hacer valer la representación de sus clientes en la adhesión a la Moratoria previsional Ley N° 27.705.

El Plan de Pago de Deuda Previsional (Ley 27.705), por medio de la Circular DP N° 22/23 dictada por esa ANSeS, operativa a partir del 8/5/2023 y de las disposiciones de la Prev 11/71 que concurren en idéntico sentido, requerían la firma en los formularios por parte de la persona solicitante en el momento de la atención en cada Delegación.

El alcance que le dieron en algunas UDAI limitaba y dificultaba el libre ejercicio de la Abogacía, vulnerando la Ley 17.040 y demás normas vigentes relativas al mandato.

La situación fue revertida por una nueva resolución del Organismo (PREV-11-71) en la que
expresamente se establece un formulario para el otorgamiento de poder a fin de firmar y efectuar las presentaciones correspondientes al Plan de Pago Previsional.

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